Para diligenciar el formulario de contactenos usted solo tiene que realizar los siguientes pasos:

Diligenciar todos los campos así:

1. Cómo quiere enviar su PQRD y el motivo: Seleccione la opción Anónimo o Registrado. Si selecciona anónimo su respuesta será notificada electrónicamente a través de la página web de corpamag, enlace Notificaciones. Si selecciona Registrado, podremos contactarlo para ampliar información acerca de su comunicación, para lo cual deberá complementar los datos de contacto.

2. El motivo de su mensaje es enviar un(a): Seleccione la opción que identifique él motivo de su comunicación, esto ayudará a nuestros funcionarios a identificar más rápidamente el objeto de su solicitud y proyectar más efectivamente su respuesta. Las opciones son:

Si usted ha seleccionado contactarnos como usuario registrado, toda la información requerida es de carácter obligatoria, por lo que debe diligenciarla sin dejar campos vacíos. Así mismo le informamos que como política de protección de datos personales, Corpamag le garantiza que la información personal que usted nos confía solo será utilizada para los fines pertinentes al interior de Corpamag y será protegida de conformidad con las normas de Seguridad de la Información, siendo utilizada exclusivamente para responder a sus inquietudes o requerirle mayor información sobre su mensaje.

Finalmente, para enviar el mensaje, haga clic en el botón enviar. Al hacerlo el sistema nos hará llegar su mensaje y a usted un aviso de envío del formulario diligenciado y un mensaje a su buzón de correo reportado. Usted deberá verificarnos la recepción de esta respuesta a vuelta de e-mail, para dar por validada su solicitud.

****** OBSERVACIONES GENERALES ******

El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular. Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:

"Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales". Por norma las autoridades tienen los siguiente límites para constestar las peticiones que se le son efectuadas:


Información sobre posibles costos asociados a la respuesta: Consulte la resolución por la cual se fijan las tarifas de cobro de reproducción de documentos que se expidan en la Corporación Autónoma Regional del Magdalena: Resolución 2357 de 2020