CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo es el órgano superior de administración de las Corporaciones Autónomas y de Desarrollo Sostenible.
Para la conformación de los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas y de Desarrollo Sostenible, se tendrán en cuenta las disposiciones de la Ley 70 de 1993. Actualmente se encuentran conformados por:
- El gobernador o los gobernadores de los departamentos sobre cuyo territorio ejerza jurisdicción la Corporación Autónoma Regional, o su delegado o delegados. Corresponderá al gobernador o a su delegado presidir el Consejo Directivo. Si fuesen varios los gobernadores, los estatutos definirán lo relativo a la presidencia del Consejo Directivo;
- Un representante del Presidente de la República.
- Un representante del Ministro del Medio Ambiente.
- Hasta cuatro (4) alcaldes de los municipios comprendidos dentro del territorio de la jurisdicción de la corporación, elegidos por la Asamblea Corporativa, para períodos de un (1) año por el sistema de cociente electoral, de manera que queden representados todos los departamentos o regiones que integran la corporación. Si el territorio de la corporación comprendiese un número plural de departamentos, la participación será definida en forma equitativa de acuerdo con el reglamento que al efecto expida el Gobierno Nacional.
- Dos (2) representantes del sector privado.
- Un (1) representante de las comunidades indígenas o etnias tradicionalmente asentadas en el territorio de jurisdicción de la corporación elegido por ellas mismas.
- Dos (2) representantes de las entidades sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio en el área de jurisdicción de la corporación y cuyo objeto principal sea la protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, elegidos por ellas mismas.
Los representantes de las comunidades indígenas o etnias y de las entidades sin ánimo de lucro se eligen de acuerdo a la reglamentación que sobre el particular expida el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Funciones del Consejo Directivo
- Proponer a la Asamblea Corporativa la adopción de los estatutos y de sus reformas.
- Determinar la planta de personal de la Corporación.
- Disponer la participación de la corporación en la constitución y organización de sociedades o asociaciones y fundaciones el ingreso a las ya existentes.
- Dictar normas adicionales, a las legalmente establecidas, sobre el estatuto de contratación de la entidad.
- Disponer la contratación de créditos externos.
- Determinar la estructura interna de la corporación para lo cual podrá crear, suprimir y fusionar dependencias y asignarles responsabilidades conforme a la ley.
- Aprobar la incorporación o sustracción de áreas de que trata el numeral 16o. del artículo 31 de esta ley.
- Autorizar la delegación de funciones de la entidad.
- Aprobar el plan general de actividades y el presupuesto anual de inversiones.
- Nombrar de acuerdo al artículo siguiente o remover de conformidad con los estatutos, al Director General de la corporación.
MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO DE CORPAMAG 2021
NOMBRE | ENTIDAD |
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CESAR MIGUEL RIASCOS NOGUERA | Representante de la Presidencia de la República |
SARA CERVANTES MARTINEZ | Delegada del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible |
CARLOS CAICEDO OMAR | Gobernación del Magdalena |
LICET BELÉN PRIETO MONTEJO | Alcaldía Municipal de Algarrobo |
JHAIR ALBERTO CABALLERO VARELA | Alcaldía Municipal El Piñón |
LUIS ALBERTO RIVERA HERAZO | Alcaldía Municipal de Santa Bárbara de Pinto |
ANDRÉS DEL PORTILLO SIMANCA | Alcaldía Municipal de Tenerife |
ANA SILVA MARÍA ARRIETA | Representante de las Entidades Sin Ánimo de Lucro |
CIRA ORELLANO PEREA | Representante de las Entidades sin Ánimo de Lucro |
FELIPE GUERRERO ZUÑIGA | Representante Sector Privado |
ENRIQUE MENDEZ DE ANDAREIS | Representante Sector Privado |
ATI GÚNDIWA VILLAFAÑA | Representante de los Pueblos Indígenas del Departamento del Magdalena |
CARLOS ALFONSO CASSIANI BARRIOS | Representante de las Comunidades Negras del Departamento del Magdalena |