El direccionamiento estratégico establece los lineamientos que orientan la gestión institucional y el cumplimiento de las responsabilidades de la Corporación Autónoma Regional del Magdalena.
Administrar los recursos naturales renovables, mediante la implementación de políticas públicas y el fortalecimiento de la cultura ambiental, que contribuya al desarrollo y progreso sostenible con enfoque de adaptación y mitigación al Cambio Climático y de Gestión del Riesgo, aplicando oportunamente las disposiciones legales vigentes.
CORPAMAG en el año 2027 será una entidad líder en la gestión sostenible de los recursos naturales renovables y el ambiente en el departamento de Magdalena, propiciando espacios de participación ciudadana, con el fin de promover la protección y conservación del medio ambiente en su jurisdicción.
Funciones de las Corporaciones Autónomas Regionales consagradas en la Ley 99 de 1993.
01. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su jurisdicción.
02. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente.
03. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables.
04. Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medioambiental que deban formular los organismos y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental (SINA) en el área de su jurisdicción y asesorar a las entidades territoriales en sus planes, programas y proyectos ambientales.
05. Participar con los demás organismos y entes competentes en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten.
06. Celebrar contratos y convenios con entidades territoriales, entidades públicas y privadas y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
07. Promover y realizar estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables conjuntamente con organismos nacionales y entidades de apoyo técnico y científico del SINA.
08. Asesorar a las entidades territoriales en la formulación de planes de educación ambiental formal y ejecutar programas de educación ambiental no formal, conforme a las directrices de la política nacional.
09. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente.
10. Fijar en el área de su jurisdicción los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias y regular aquellas que puedan causar degradación ambiental, conforme al marco normativo aplicable.
11. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental sobre actividades relacionadas con recursos naturales no renovables y otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental.
12. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, suelo, aire y demás recursos naturales renovables, incluyendo vertimientos y emisiones.
13. Recaudar, conforme a la ley, contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
14. Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de los recursos naturales renovables y expedir los permisos, licencias y salvoconductos correspondientes.
15. Administrar, bajo la tutela del Ministerio del Medio Ambiente, las áreas del Sistema de Parques Nacionales que le sean delegadas.
16. Reservar, alinderar, administrar o sustraer, conforme a la ley y los reglamentos, distritos de manejo integrado, distritos de conservación de suelos, reservas forestales y parques naturales de carácter regional.
17. Imponer y ejecutar las medidas de policía y sanciones previstas en la ley por violaciones a las normas de protección ambiental y manejo de recursos naturales renovables.
18. Ordenar y establecer normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción.
19. Promover y ejecutar obras necesarias para la defensa, protección y adecuado manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción.
20. Cuando se trate de obras de riego y avenamiento que requieran Licencia Ambiental, esta deberá ser expedida por la autoridad competente conforme a las disposiciones aplicables.
21. Ejecutar, administrar, operar y mantener, en coordinación con las entidades territoriales, proyectos y programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura para la protección, descontaminación o recuperación ambiental.
22. Adelantar programas y proyectos de desarrollo sostenible y manejo de los recursos naturales renovables en coordinación con autoridades de comunidades indígenas y comunidades negras.
23. Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su jurisdicción.
24. Realizar actividades de análisis, seguimiento, prevención y control de desastres y brindar asistencia en los aspectos ambientales relacionados con la prevención y atención de emergencias.
25. Transferir tecnología resultante de investigaciones y prestar asistencia técnica a entidades públicas, privadas y particulares para el adecuado manejo de los recursos naturales renovables y la preservación ambiental.
26. Imponer, distribuir y recaudar contribuciones de valorización relacionadas con obras públicas ejecutadas por la Corporación y fijar los demás derechos cuyo cobro pueda realizar conforme a la ley.
27. Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos ambientales que deban desarrollarse con recursos provenientes de regalías u otras fuentes de destinación semejante.
28. Adquirir bienes y adelantar los procedimientos legalmente establecidos cuando sean necesarios para el cumplimiento de las funciones, obras o proyectos de la Corporación.
29. Promover y ejecutar programas de abastecimiento de agua a comunidades indígenas y negras tradicionalmente asentadas en el área de su jurisdicción.
30. Apoyar a concejos municipales, asambleas departamentales y consejos de entidades territoriales indígenas en las funciones de planificación otorgadas por la Constitución Nacional.
31. Ejercer las demás funciones atribuidas en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.
32. Establecer, dentro del marco de sus competencias, las normas generales y densidades máximas aplicables a vivienda en áreas suburbanas, cerros y montañas, orientadas a la protección del medio ambiente y los recursos naturales.
En CORPAMAG estamos comprometidos en el cumplimiento de los requisitos legales y otros requisitos de los clientes y/o partes interesadas; así mismo en prestar los servicios de educación ambiental para la transformación de cultura; la planificación, administración, control y manejo sostenible de los recursos naturales y del ambiente; la gestión de proyectos para la sostenibilidad ambiental y prevención del riesgo en nuestra jurisdicción con servidores públicos idóneos, controlando los peligros y riesgos laborales, que garanticen la mejora continua del Sistema de Gestión Integrado existente.
Objetivos que orientan las acciones institucionales para la sostenibilidad ambiental del departamento del Magdalena.
Principios integrados de la Corporación en el marco de sus sistemas de gestión y control institucional.
Capacidad de cada servidor público para controlar su trabajo, detectar desviaciones y efectuar los correctivos necesarios para el adecuado cumplimiento de los resultados esperados.
Capacidad institucional para aplicar participativamente métodos y procedimientos que permitan desarrollar el Sistema de Control Interno bajo un entorno de integridad, eficiencia y transparencia.
Capacidad institucional para interpretar, coordinar, aplicar y evaluar de manera efectiva, eficiente y eficaz la función administrativa asignada a la entidad.