bahsegel

Director General

DIRECTOR GENERAL

El Director General será el representante legal de la corporación y su primera autoridad ejecutiva. Será designado por el Consejo Directivo para un período de cuatro (4) años, siendo reelegible.

FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL

Los directores generales de las corporaciones deben ejercer las funciones señaladas en las leyes, en los reglamentos y en los estatutos respectivos. En particular les corresponde:

  1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su representación legal
  2. Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo
  3. Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo del objeto de la corporación, el proyecto de presupuesto, así como los proyectos de organización administrativa y de planta de personal de la misma
  4. Presentar al Consejo Directivo los proyectos de reglamento interno
  5. Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad
  6. Constituir mandatarios o apoderados que representen a la corporación en asuntos judiciales y demás de carácter litigioso
  7. Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones, previa autorización del Consejo Directivo
  8. Nombrar y remover el personal de la corporación
  9. Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio de la corporación;
  10. Rendir informes al Ministro del Medio Ambiente, en la forma que éste lo determine, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden a la corporación y los informes generales y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades desarrolladas y la situación general de la entidad
  11. Presentar al Consejo Directivo los informes que le sean solicitados sobre la ejecución de los planes y programas de la Corporación así como sobre su situación financiera, de acuerdo con los estatutos
  12. Las demás que los estatutos de la corporación le señalen y que no sean contrarias a la ley.

inicio desde movil