Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas: el instrumento de mayor jerarquía para planificar el territorio.
La Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico – PNGIRH establece los objetivos, estrategias, metas, indicadores y líneas de acción para el manejo de este recurso en el país. Es el instrumento direccionador de la gestión integral del agua, incluidas las aguas subterráneas: establece los objetivos y estrategias para su uso y aprovechamiento eficiente, el manejo del recurso por parte de autoridades y usuarios, los objetivos para la prevención de la contaminación hídrica —armonizando los aspectos sociales, económicos y ambientales— y el desarrollo de los respectivos instrumentos económicos y normativos.
Esta política se implementa a través de un marco normativo e instrumental que permite el planteamiento y desarrollo de la gestión integral del recurso hídrico bajo el principio de la gobernanza, estableciendo la necesidad de formular instrumentos de planificación para la ordenación y manejo de cuencas y acuíferos. En resumen, la estructura para la planificación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos se define así:
El Decreto 1640 de 2012, “Por medio del cual se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones”, compilado en el Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, define los instrumentos de planificación ambiental a cargo de las Corporaciones y les otorga la responsabilidad de ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas en sus jurisdicciones, de conformidad con las disposiciones superiores y las políticas nacionales.
Los POMCA son un eje fundamental para la planificación y administración de los recursos naturales: facilitan la gestión sostenible y el uso coordinado del suelo, las aguas, la flora y la fauna, de modo que se mantenga un equilibrio entre el aprovechamiento de los recursos, la conservación de la estructura natural de la cuenca y los recursos hídricos que de ella se derivan, considerando las características económicas, sociales y culturales y las dinámicas socioeconómicas que tienen lugar en ella.
El POMCA es el instrumento de mayor jerarquía para la planificación del territorio y es determinante ambiental para la elaboración y adopción de los Planes de Ordenamiento Territorial – POT, conforme al artículo 10 de la Ley 388 de 1997 (ver artículo 2.2.3.1.5.6 del Decreto 1076 de 2015). Por ello, al formular los POT los municipios deben tener en cuenta la zonificación ambiental, el componente programático y el componente de gestión del riesgo.
Se construye con un horizonte de 10 años y es la carta de navegación para el uso sostenible de la cuenca: en sus planes operativos se definen los programas, proyectos y actividades para conservar, preservar, proteger y restaurar sus ecosistemas o prevenir su deterioro, buscando restablecer el equilibrio ambiental, social y económico del territorio y considerando la interacción entre los actores que participan en su gestión ambiental.